Cómo cambiar la cuenta bancaria de autónomo

Autónomos y trabajo por cuenta propia12 min de lectura
Dos huchas moradas en forma de cubo unidas por un tubo de vidrio por el que pasa una moneda de oro rosa de una a otra
Redacción Vivid

La redacción de Vivid escribe sobre creación de empresas, finanzas y trabajo por cuenta propia, con guías prácticas sobre cuentas de empresa, impuestos y ayudas para fundadores y autónomos.

Lo esencial en pocas palabras:

  • Dónde: el cambio de cuenta bancaria de los autónomos se pide en Import@ss, con el servicio «Modificación de datos de trabajo autónomo».
  • Cuándo se aplica: si la solicitud se hace entre el día 1 y el 13, vale para la cuota de ese mes; a partir del día 14, desde el primer día del mes siguiente.
  • El cargo: la cuota de autónomos se carga el último día hábil de cada mes.
  • La entidad: la nueva cuenta tiene que estar en una entidad financiera autorizada como colaboradora por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • El titular: puede ser otra persona, o una sociedad, siempre que dé su consentimiento.

Has abierto una cuenta nueva para el negocio, o simplemente quieres dejar el banco de siempre, y queda un cabo suelto: el recibo mensual de la Seguridad Social. Mientras no se cambie, sigue llegando a la cuenta antigua. Para cambiar la cuenta bancaria de autónomo no hace falta pedir cita ni pasar por una oficina de la Tesorería: el trámite está en Import@ss y se hace online.

Lo que sí importa es el calendario. La fecha en que envías la solicitud decide si la cuota de este mes ya sale de la cuenta nueva o todavía de la antigua. El corte está en el día 13, y el trámite en sí son cuatro pasos.

Por qué la cuota va domiciliada

En el régimen de autónomos, pagar la cuota por domiciliación no es una opción entre varias: es la forma establecida. El Real Decreto 1415/2004, que aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, dice en su disposición adicional octava que los trabajadores por cuenta propia «deberán efectuar el pago de las cuotas mediante el sistema de domiciliación en cuenta», abierta en una entidad financiera autorizada para actuar como oficina recaudadora. Por eso un cambio de cuenta de autónomo no consiste en pagar desde otro sitio, sino en indicar a la Tesorería una cuenta nueva donde cargar el recibo.

La domiciliación, una vez dada, sigue vigente: según la Orden TAS/1562/2005, es válida hasta que se comunica la baja, sin necesidad de pedirla de nuevo cada mes. El cargo llega con fecha valor del último día hábil de cada mes, y la propia guía de la Seguridad Social para autónomos lo resume así: «La cuota de autónomos se cargará en tu cuenta el último día hábil de cada mes». La misma orden aclara que los cambios posteriores de domiciliación tienen idénticos efectos, así que la cuenta se puede cambiar de nuevo cuando haga falta, con las mismas reglas. Con la domiciliación de la cuota de autónomos funcionando sola, el único momento delicado es justo el del cambio.

Cambiar la domiciliación de autónomos en Import@ss

Import@ss es el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social para trámites de trabajadores y autónomos. Para cambiar la domiciliación de autónomos se usa el servicio «Modificación de datos de trabajo autónomo», pensado, según su propia página, para los trabajadores autónomos que están de alta y necesitan comunicar una modificación. La guía oficial lo dice sin rodeos: el cambio de domiciliación de autónomos o la solicitud de domiciliar el pago se hacen a través de ese servicio.

Antes de empezar, ten a mano tres cosas: tu forma de acceso a Import@ss, el IBAN completo de la cuenta nueva y, si la cuenta no está a tu nombre, el nombre del titular y su DNI, NIE o NIF, junto con su autorización. Con eso, el formulario se completa de una sola vez y no hace falta volver a entrar a mitad del trámite. Estos son los pasos:

1
Entrar en Import@ss

Accede desde la web o la app de Import@ss e identifícate. La guía oficial de la app recoge Cl@ve permanente, Cl@ve móvil, la vía SMS y el certificado digital como formas de acceso.

2
Abrir tus datos de autónomo

Busca el servicio «Modificación de datos de trabajo autónomo». En la app, el acceso está en tu área personal, en «Ver tus datos de autónomo», dentro de la sección de trabajo autónomo.

3
Indicar la nueva cuenta

En el apartado de domiciliación bancaria escribe el IBAN de la cuenta nueva. Si no eres el titular, añade su nombre y el tipo de documento (DNI, NIE o NIF).

4
Guardar el justificante

Confirma la solicitud y descarga el justificante que genera el servicio. Anota la fecha: es la que decide desde qué mes se carga la cuota en la nueva cuenta.

Cuándo se aplica el cambio de cuenta

La guía de la Seguridad Social para autónomos fija el corte en el día 13. Si haces el cambio entre el día 1 y el 13 del mes, «tendrá efectos en el mismo mes de la solicitud»; si lo haces a partir del día 14, se aplica desde el primer día del mes siguiente. Un cambio de número de cuenta de autónomos pedido el día 20, por tanto, todavía no afecta a la cuota de ese mes. En cambio, si lo pides el día 5, la cuota que se carga el último día hábil de ese mismo mes ya sale de la cuenta nueva.

Fecha de la solicitudDesde cuándo se carga en la cuenta nueva
Del día 1 al 13 del mesLa cuota de ese mismo mes
Del día 14 en adelanteLa cuota del mes siguiente
Ejemplo: 20 de marzoLa cuota de marzo todavía se carga en la cuenta antigua; la de abril, en la nueva

Puede que encuentres otra cifra en algunas webs: el Reglamento General de Recaudación habla de los días 1 a 10 como regla general. Las páginas de la Tesorería dedicadas a los trabajadores por cuenta propia recogen una excepción para ellos, con el corte en el día 13, y esa es la referencia que publica la Seguridad Social para autónomos. La Orden TAS/1562/2005 añade un matiz: si la solicitud se presenta en la entidad financiera y no ante la Tesorería, surte efectos a partir del mes siguiente.

A tener en cuenta: la cuenta antigua debe seguir abierta, y con saldo, hasta que veas el primer cargo de la cuota en la nueva. Así ningún recibo de la Seguridad Social queda sin una cuenta en la que cobrarse.

Un calendario blanco con el número 13 en morado junto a una palanca cromada de cambio de vía
Hasta el día 13, el cambio de cuenta se aplica a la cuota de ese mismo mes.

Requisitos de la nueva cuenta

La modificación de la cuenta bancaria de autónomo tiene pocos requisitos: tres condiciones que revisar antes de cambiar el número de cuenta de autónomo en Import@ss. Ninguna exige ir a una oficina; todas se pueden revisar desde casa con los datos de la cuenta delante.

Una entidad colaboradora: según la Seguridad Social, la entidad financiera elegida «deberá estar autorizada como colaboradora en esta modalidad de pago por la Tesorería General de la Seguridad Social». La Tesorería publica la lista de entidades colaboradoras en su web.
Un IBAN: el alta como autónomo ya pide un número de cuenta para domiciliar los pagos, y el cambio se hace indicando el IBAN completo de la cuenta nueva.
El titular, o su permiso: no es obligatorio que tú seas el titular, pero necesitas su consentimiento y sus datos; la guía oficial admite también que el titular sea una persona jurídica.

El último punto importa en parejas y en sociedades pequeñas. Si la cuota de un socio autónomo se paga desde la cuenta de su sociedad, la Seguridad Social lo admite, siempre que la sociedad, como titular, lo autorice. Lo mismo vale si el recibo se carga en la cuenta de un familiar: hay que indicar sus datos en la misma pantalla. Y si tienes dudas sobre la entidad, la lista de colaboradoras está en la web de la Seguridad Social; también puedes preguntar directamente a tu entidad si actúa como colaboradora en la recaudación de cuotas antes de dar el paso.

Cambiar de banco sin perder recibos

Si el cambio forma parte de un cambio de banco más amplio, cambiar la cuenta de autónomo en la Seguridad Social es solo una de las piezas, y el orden importa. Esta lista ayuda a no dejar nada atrás:

La cuota de autónomos: en Import@ss, a ser posible antes del día 14 para que el cambio entre en el mes en curso.
Hacienda: la Agencia Tributaria es una administración distinta; conviene comprobar en su sede qué cuenta tiene registrada para cargos y devoluciones.
Clientes: avísales del nuevo IBAN para las transferencias y cámbialo en la plantilla de tus facturas.
Otros recibos: proveedores, seguros, software o suministros con domiciliación necesitan también la cuenta nueva.

Durante unas semanas convivirán las dos cuentas, y eso es lo normal: la Tesorería cobra la cuota en la cuenta que tiene registrada, así que la antigua se cierra cuando el primer recibo de la Seguridad Social aparece en la nueva.

Cómo comprobar que el cambio se ha hecho

El primer comprobante es el justificante que genera el servicio al confirmar la solicitud: guárdalo junto a tus documentos de autónomo, porque recoge la fecha en que pediste el cambio. El segundo está en el propio Import@ss: en «Ver tus datos de autónomo» puedes revisar la cuenta que figura para la domiciliación.

La prueba definitiva llega a final de mes. Como la cuota se carga el último día hábil, el primer recibo en la cuenta nueva aparece ese día del mes en que el cambio surte efecto. Hasta entonces, revisa también el extracto de la cuenta antigua: si el recibo todavía se carga allí, revisa en el justificante la fecha de efectos de la domiciliación y el mes del primer cargo.

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Preguntas frecuentes

  • ¿Hasta qué día puedo cambiar la cuenta para que se aplique este mes?

    Hasta el día 13, y si quieres ir sobre seguro, en los primeros diez días del mes. Según la guía de la Seguridad Social para autónomos, un cambio hecho entre el día 1 y el 13 tiene efectos en el mismo mes; a partir del día 14, desde el primer día del mes siguiente. Si la solicitud se presenta en la entidad financiera, surte efectos a partir del mes siguiente.

  • Sí. No es obligatorio que el autónomo sea el titular, pero hace falta el consentimiento del titular y hay que indicar su nombre y el tipo y número de su documento. La Seguridad Social admite también que el titular sea una persona jurídica, por ejemplo una sociedad.

  • La cuenta tiene que estar en una entidad financiera autorizada como colaboradora en esta modalidad de pago por la Tesorería General de la Seguridad Social. La Tesorería publica la lista de entidades colaboradoras, y es la referencia antes de indicar la cuenta nueva.

  • El último día hábil de cada mes. Así lo indica la guía de la Seguridad Social para autónomos, y la Orden TAS/1562/2005 fija esa misma fecha valor para las cuotas domiciliadas.

  • Sí. La guía oficial de la app Import@ss incluye la cuenta bancaria entre los datos que se pueden modificar desde «Ver tus datos de autónomo», con acceso mediante Cl@ve permanente, Cl@ve móvil, SMS o certificado digital.

  • Las fuentes oficiales consultadas no fijan un máximo. La Orden TAS/1562/2005 dice que los cambios posteriores de domiciliación tienen idénticos efectos, y la guía de autónomos aplica el corte del día 13 a cada cambio.

  • Las páginas de la Seguridad Social solo describen el cambio ante la Tesorería y no mencionan a la Agencia Tributaria, que es una administración distinta. Si Hacienda también te carga o te devuelve importes, en su sede puedes ver qué cuenta tiene registrada.

Este artículo ofrece información general y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni laboral. Los plazos y requisitos proceden de las páginas de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la normativa publicada en el BOE, y pueden cambiar; conviene consultar la información oficial antes de hacer el trámite. Vivid Money S.A. es una entidad de dinero electrónico autorizada por la CSSF (Luxemburgo); su sucursal en España está inscrita en el Banco de España con el número 6731.

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